[Lac] Aportes al Plan de Accion

Enrique A. Chaparro echaparro at uolsinectis.com.ar
Wed Sep 17 01:04:27 BST 2003


Respecto del dcoumento con modificaciones que Holanda envio a la lista,
estos son los aportes de Fundacion Via Libre. Lamento la tardanza, pero
espero que aun puedan ser utiles (Ah! y perdón por la longitud...)

Intro:
-----
A riesgo de ser repetitivo, porque lo encontrán varias veces en el
texto, les ruego que den la pelea más intensa por modificar el
párrafo 22 (y, correlativamente, el 30). Si hay uno que escoger en 
que nos jugamos el futuro, es ese.

Notación de este documento:
---------------------------
Si alguien está acostrumbrado al uso del editor `vi', comprenderá
rapidamente la gramática de las modificaciones que propongo :). Pero
en caso contrario, esta es la idea:
- los numeros y letras al comienzo del renglon indican el parrafo;
- s/algo/otra cosa/ indica s(ustituir) lo que esta entre el primer par
  de barras por lo que esta en el segundo;
- s/algo// , siguiendo la misma logica, indica sustituir `algo' por
  nada, es decir, eliminarlo.
- 1,$s/algo/otra cosa/g indica ``desde la primera linea (1) hasta la
  ultima ($) sustituir `algo' por `otra cosa' en todas las ocasiones
  en que aparezca''
- cuando el texto a sustituir contiene barras, usamos otros separadores
  (por ejemplo, "|")
- `d' indica suprimir. Asi, `22.e d' indica que se deberá suprimir el
   párrafo 22.e
- `i' indica insertar (un nuevo párrafo)
En los casos necesarios, he agregado una pequeña explicación de las
razones por las que debería realizarse la modificación (puesta entre
los indicadores usuales de `comentario' en C).

Sobre el documento propuesto
----------------------------
Coincido con las mejoras propuestas, salvo en los casos en que
específicamente se diga lo contrario. Coincido en la necesidad de
emplear un lenguaje no discriminatorio en terminos de genero, pero
les agradeceria refinar la redacción en lo posible para evitar el
galimatías de desinencias alternadas de genero (gramatical)
en masculino, femenino, neutro, común, ambiguo y epiceno. 
"Individuos" no tiene un correspondiente "individuas" ;)

Esta revisión es bastante profunda para los treinta primeros
párrafos, y algo más superficial para los restantes. Si el
tiempo me alcanza, seguiré trabajando sobre ellos.

Párrafos que requieren especial atención
----------------------------------------
A mi juicio, estos párrafos son los que más urgentemente requieren
una acción intensa de la SC (y no menos lobby con los gobiernos)
para lograr su modificacion:

5.a, 5.b, 22, 25, 30

En el 22 (que además dice barbaridades desde el punto de vista
técnico) es indispensable echar por tierra la idea de que 
``necesitamos seguridad sólo porque es fundamental para el
comercio''. Este párrafo (y las acciones propuestas en el)
es crucial porque aqui se juega el destino de la pelea entre
la sociedad y las-corporaciones-que-todo-lo-engullen. Estas
pretenderan, con base en los acuerdos de este párrafo, imponer
a nivel mundial elementos de legislación retrógrados como la
DMCA o la Patriot Act estadounidenses, y medidas técnicas de
control sobre lo que las personas que usan la red pueden hacer,
como las iniciativas TCPA, Palladium u otras de DRM (Digital
Rights Management). Y una vez desplegada la infraestructura
de DRM, convertirla en una de *Political* Rights Management
es juego de niños!!

Ligado con este va el 30. Por un lado, es falso que el `consenso'
alcanzado en los organismos multilaterales sea una base firme.
Por otro, tenemos abundante evidencia de que al menos en el
plano del software los mecanismos impuestos (copyright, acuerdo
TRIPS de la OMC, Art. 10) y los que se nos pretenden imponer
(patentes, id, Art. 17) cumplan con el alegado proposito de
alentar la innovacion. Si aceptamos esto, estamos condenando
a muerte no solo al software libre/de codigo abierto, sino
tambien a cualquier industria local de software que no sea
uno de los oligopolios ya instalados.

Alteraciones propuestas
-----------------------

1,$s/ciberestrategia/estrategia/g

1.$s|software de fuente abierta|software libre/de fuente abierta|g

5.a  s/vital para la asimilación y la aceptación social de la sociedad
   de la información, por lo cual/no sólo vital para la asimilación y 
   la aceptación social de la sociedad de la información, sino también
   en la generación de tecnologías adecuadas. Por ello,/
/* Racional: el fenomeno del software libre muestra que la sociedad
   civil es tambien un productor esencial de tecnologias. Estas 
   tecnologias son, muchas veces, la unica alternativa al control
   monopolico de un segmento determinado (por ejemplo, el servidor
   web Apache esta presente en dos tercios de *todos* los sitios
   web del planeta). No podemos permitir que se relegue a la
   comunidad a la reducida posicion de consumidores de tecnologia. */

5.b  s/de contenido en/de contenido y de tecnologías/
-- Racional: ver parrafo anterior.

11.d s/por menos de/por un costo total de menos de/
/* Racional: hoy en dia, el costo del software privativo, concentrado en
   pocas productoras monopolicas, supera con holgura al del hardware. Por
   ejemplo, es posible obtener una computadora personal razonable por
   alrededor de USD450; pero las licencias de uso de programas como MS
   Windows y MSOffice superan los USD600.*/
11.e s/no utilizada para/no utilizada, u otras capacidades ociosas, para/
11.i d
/* Racional: existen prioridades mucho mas significativas para los paises
   en desarrollo que la implantacion de la TV digital.*/
11.j s/alternativas renovables adaptadas/alternativas renovables y formas
   mas eficientes de produccion industrial de componentes de las TICs
   adaptadas/
/* Racional: la industria de los componentes electronicos usados en las
   TICs emplea grandes cantidades de recursos naturales no renovables.
   (Envie un mensaje a la lista lac at wsis-cs al respecto hace poco)*/

12 s/no discriminación. Entre/no discriminación, siempre que ello sea
   posible sin poner en riesgo el objetivo de brindar acceso universal
   a todas las personas. Entre/
12.e s/,a través de la UIT,//
12.e s/y operacionales,/, económicos y operacionales,/
12.e s/por satélite/por satélite u otros medios/

14.b s/emigrantes/migrantes/

15.c s/como la legislación vigente./como la legislación vigente y los
   actos administrativos. El acceso telemático a dicha información no
   requerirá el empleo de software de proveedores determinados./
/* Racional: numerosos sitios gubernamentales requieren el uso, por
   ejemplo, del navegador MS Internet Explorer.*/

18.g s/, tales como asociaciones públicas/privadas,//
18.g s/Cada país debería establecer por lo menos una PPP adecuada en
   2005, como un ejemplo visible para la acción futura//
/* Racional: viola el principio de no interferencia en los asuntos
   internos de los Estados. Cualquier pais tiene el derecho de 
   decidir una politica puramente estatal, o una interaccion entre
   el gobierno y la sociedad civil sin intervencion del sector
   privado.*/

21.a s|altamente calificados/as|de alta calificación, con capacidad
   para el desarrollo autónomo y sostenible de TICs/
/* Racional: no basta con saber usar una tecnología creada en otra
   parte; el desarrollo sostenible requiere la capacidad de *crear*
   tecnología.*/

22. s/La seguridad, la autenticación, la privacidad y la protección 
   de <los consumidores> usuarios y usuarias/La confidencialidad, la
   integridad y la disponibilidad de la información/
/* Racional: de acuerdo con la definicion canónica de seguridad de
   los sistemas de información, esta se compone de los atributos
   de confidencialidad, integridad y disponibilidad. Hablar de 
   seguridad y autenticacion es un pleonasmo, porque esta es un
   servicio que forma parte de aquella, necesario para los
   atributos de integridad y confidencialidad.*/

22. s/La seguridad de la información efectiva podrá ser garantizada 
    no sólo por la tecnología, sino también por la educación y la 
    capacitación, la política y la legislación, y la cooperación 
    internacional./La efectiva seguridad de la información depende
    en primer lugar del respeto a los derechos humanos; las medidas
    técnicas que se empleen para obtenerla sólo serán eficaces en
    medida que se lleven a cabo acciones más amplias en los campos
    de la educación, la formación, la legislación, las políticas y
    la cooperación internacional./

22.b s/piratas y/por ejemplo, ataques de denegación de servicio, 
   gusanos, troyanos y/
-- Racional: ver párrafo siguiente
22.b s/Internet)./Internet). Las medidas que al respecto se adopten
   en el plano jurídico no deberán impedir la investigación
   independiente en seguridad de la información, la publicación de
   los resultados de esta investigación, el derecho de usuarios y
   usuarias a estudiar y modificar programas informáticos, ni el
   derechos a la ingeniería inversa para lograr la interoperabilidad
   de un programa creado independientemente con otros programas./
/* Racional: el documento intenta hacer referencia a quienes copian
   y difunden ilegalmente material protegido por derechos de autor.
   Asumir que esto es equivalente a asaltar un barco en alta mar es
   una maniobra de marketing de las corporaciones, y no podemos
   admitirlo. La definicion del sustantivo en el Diccionario de la 
   Lengua Española (22a. Edición) es: ``3. com. Persona que, junto 
   con otras de igual condición, se dedica al abordaje de barcos en 
   el mar para robar. 4. com. Persona cruel y despiadada.'' (las
   otras definiciones son de su uso como adjetivo). 
   Más importante aún, la circulación de este material en la Internet
   no afecta la seguridad *en modo alguno*, sino los bolsillos de
   las corporaciones; son ellas las que deben tomar las medidas
   necesarias para proteger sus activos, apoyándose en la ley
   existente, o reconocer que no es posible que la ley contradiga
   la realidad económica e imaginar nuevas formas de comercialización.
   El criterio peligrosista de `salvaguardas que todos deben adoptar'
   (nótese que en todas partes se emplea el potencial `debería/n',
   salvo precisamente aquí) implica habilitar el camino para acuerdos
   universales sobre restricción de derechos (DMCA, DRM).
   El agregado propuesto se funda, esencialmente, en derechos 
   reflejados en numerosas legislaciones, como por ejemplo la Directiva
   91/250 del Consejo de Europa sobre Protección Jurídica de Programas
   de Ordenador.*/
	       

22.d s/bancario/financiero/

22.e d
/* Racional: Corresponde a otro contexto de acuerdo internacional. La SI
   puede existir perfectamente sin un marco jurídico para documentos
   electrónicos y firmas digitales, y corremos el serio riesgo de que
   las corporaciones se apoderen de las funciones de identificacion,
   tradicionalmente reservadas a los Estados (ejemplo, Verisign como
   `certificador' de claves públicas, o el servicio[?] Passport de MS).
   Por otra parte, no hay aún razonable acuerdo sobre las tecnologías
   adecuadas a estos propósitos, que al mismo tiempo garanticen el
   respeto a la intimidad de las personas. De hecho, *ningun*
   mecanismo de firma digital puede garantizar que un documento
   digital firmado digitalmente expresa realmente la voluntad del
   firmante, pues existe un complejo proceso de `intermediación'
   a través de artificios tecnológicos. Permítanme usar un ejemplo
   más pedestre: un virus podría inducir la firma de un documento
   alterado, de modo tal que cuando intento decir `debo a Juan $100'
   el mensaje que sea efectivamente firmado diga `debo a Juan $10000'.
   */
24.  s/delitos civiles y criminales/delitos/
/* Racional: al menos en la lengua española, el término `delito' está
   reservado a las acciones antijurídicas comprendidas en el Derecho
   Penal. No hay tal cosa como un `delito civil' (sería un oximoron)*/
24.a s/Los gobiernos, en cooperación con el sector privado y la 
     sociedad civil,/Los Estados/
/* Racional: La legislación es una cuestión de Estado, que se resuelve
   conforme a los procesos de formación y sanción de las leyes propios
   de la soberanía de cada Estado, y nada tiene que `cooperar' el 
   sector privado. */
24.b s/y la pornografía//
/* Racional: La pornografía admite un conjunto tan amplio de
   definiciones (muchas de ellas francamente hipócritas) que
   difícilmente se pueda lograr una interpretación uniforme. Ello
   podría terminar en que algunos estados apliquen criterios
   autoritarios de prohibición. */

25.  s/económicos, <y> sociales y culturales/sociales, culturales
     y económicos/
25.d d
/* Países en desarrollo pueden intentar, a través de aranceles
   razonables, proteger legítimamente su capacidad productiva local.
   En particular, considerando las tasas de ganancia abusivas en
   el mercado de software, no hay razón por la que los países no
   puedan imponer impuesto sobre la renta sobre estas transacciones,
   e impuestos adicionales por la transferencia de utilidades al
   exterior. Inclusive, parece racional aplicar políticas impositivas
   distintas para las PyMEs nacionales respecto de los oligopolios
   transacionales. */
25.e s/de las TIC./de las TIC. Los países en desarrollo podrán
     adoptar marcos reglamentarios que garanticen preferencias
     razonables para el desarrollo de sus industrias de TIC locales./
/* Racional: el significado de la `igualdad de oportunidades' y
   de la `no discriminación' para las multinacionales es *muy*
   distinto de lo que es para nosotros. Los Estados tienen el
   derecho soberano de promover sus economías locales, y la 
   obligación de alentarlas. ¿Cómo se entiende la `no-discriminación'
   entre una cooperativa telefónica rural y el oligopolio Telefonica?
   Por otra parte, 25.c, d, e y f son cuestiones que no competen
   a esta cumbre, sino mas bien al marc de la Organizacion Mundial
   del Comercio */
25.f s/controversias./controversias, de modo compatible con las
     respectivas legislaciones nacionales./

26.  s/flexibles//
/* Racional: Para que una norma técnica (un estándar) garantice la
   interoperabilidad, es preciso que no sea `flexible', en el
   sentido que nadie pueda `motu proprio' alterarla o `extenderla'.
   Por otra parte, falta una definición clara de lo que se entiende
   por estándares `abiertos'.
   `Estándar abierto' debería definirse como especificaciones para la
   codificación y/ o transferencia de información que: (a) Están 
   universalmente disponibles para su lectura e implementación; (b)
   no fuerzan al usuario a utilizar productos de proveedores o grupos 
   determinados; (c) pueden ser implementados libremente por cualquier 
   persona, sin "royalties", derechos o cargos, excepto los cargos que
   el organismo normalizador pudiera requerir para certificar el 
   cumplimiento; (d) no favorecen a un implementador por encima de
   otro u otros por ninguna razón distinta al cumplimiento de los
   estándares técnicos de una implementación./*
26.a s/flexibles y//
/* Racional: ver párrafo anterior.*/
26.d i/d. Instar a los organismos internacionales de normalización
       a promulgar estándares abiertos, tales que puedan ser 
       implementados por cualquier persona sin "royalties", derechos 
       o cargos, excepto los cargos que el organismo normalizador 
       pudiera requerir para certificar el cumplimiento./
26.e i/e. Instar a los organismos internacionales de normalización
       (por ejemplo, ISO, IEEE) a divulgar sus normas en sitios de
       acceso público y gratuito/

28.  s|lo/as menores|niños y niñas|
/* Racional: `menores' es un término peyorativo para referirse a
   las personas cuya edad está por debajo de la requerida para
   ciertas responsabilidades civiles. */
28.b s/de base./de base. Los flujos ilegales de datos personales 
     deben ser severamente sancionados./
28.d d
/* Racional: ¿qué es `pornografía'? ¿qué es `material pernicioso'?
   ¿quién es la UNESCO para decirme a mi, ciudadano adulto, qué
   puedo y qué no puedo ver? Esto es simple, lisa y llanamente una
   invitación a la censura previa!*/

29.  s/intergubernamental//

30.  s|equilibrio justo entre los derechos de la/os dueña/os de la 
     propiedad intelectual y de los de la/os usuaria/os de la 
     información, teniendo en cuenta el consenso mundial logrado 
     sobre los asuntos de derechos de propiedad intelectual en 
     organizaciones multilaterales.|equilibrio justo para maximizar
     el bien público, alentar la innovación y retribuir adecuadamente
     a los creadores. La protección de la propiedad intelectual puede 
     y debe interpretarse de una manera que sea favorable al derecho 
     del Estado de proteger las políticas públicas, en particular para 
     promover el acceso a la sociedad de la información.|
30.c i/Instar a los organismos multilaterales competentes a abrir un
     amplio debate sobre los mecanismos de protección de algunos
     campos de la ciencia y la tecnología, teniendo en cuenta las
     controversias despertadas por la aplicación de esquemas de
     propiedad intelectual a áreas como los elementos preexistentes
     en la naturaleza, o el software, y la evidencia científica de
     cómo, en algunas áreas, la protección acordada en los actuales
     instrumentos no contribuye a alentar la innovación./
*/ Racional: está demostrado que, al menos en el software, las
   patentes (que se pretende imponer) *desalientan* la innovacion.
   Si encuentran alguien de FFII (o a Georg Greve, de FSF-Europe,
   que debe estar con la delegación alemana), ellos podrán darles
   una explicación más detallada del tema, que por brevedad omito
   aquí.*/

32.b s/y el empresariado//

32.c s/los procedimientos de votación en los locales de voto distantes,//
*/ Racional: No existe aún solución técnica adecuada para ello,
   y por lo que conocemos en el plano teórico, no será posible
   en muchos años. Impulsar hoy estos mecanismos de voto electrónico
   a distancia, en vez de fomentar la transparencia, puede dar 
   lugar a fraudes electorales a gran escala y a mínimo costo. Claro,
   es un pingüe negocio para los fabricantes de estos sistemas
   (Diebold, Unisys, etc.) curiosamente(?) ligados a la derecha
   conservadora estadounidense. */

33.a s/electrónico./electrónico, así como advertir a la ciudadanía
     y a las empresas sobre los potenciales riesgos involucrados./

35.e s/Toda/os la/os individua/os/todas las personas/
35.e s/muerte./muerte, siendo precondición para ello que se establezcan
     las medidas legislativas y técnicas de seguridad que impidan la
     revelación de datos personales y datos sensibles sin consentimiento
     informado de los interesados./

36.e i/Adoptar un marco de protección jurídica de los derechos de
     los trabajadores y las trabajadoras ante potenciales usos invasivos
     de las TIC, para lo que el Código de Prácticas "Protección de los 
     Datos Personales de los Trabajadores" de la Organizacion 
     Internacional del Trabajo podría sevir de base./

37.d s/para eliminar y reciclar/para producir, distribuir, eliminar y
     reciclar/

39.a s/que han renunciado a sus derechos de pago//
/* Racional: No es necesario renunciar a esos derechos para distribuir
   información. De hecho, no hay ninguna incompatibilidad (como la
   práctica lo demuestra) en distribuir por un medio copias gratuitas
   de un trabajo y por otro distribuirlas en forma onerosa (por ejemplo,
   publicar un trabajo electrónicamente y también bajo forma de libro,
   de lo que hay abundantes ejemplos).

40.b s/, mediante asociaciones públicas/privadas,//
/* Racional: las `PPP' no son la única manera de hacerlo.

43.b s/ y la pornografía//

44.c d
/* Racional: ver las criticas de APC al respecto*/

45.b s/colmatar/reducir/

45.e d
/* Racional: ya existen iniciativas al respecto, cuyo valor convendria
   evaluar *antes* de invertir en nuevas iniciativas */

48.  s|teniendo en cuenta la necesidad de proteger los derechos <de 
     propiedad intelectual> de los y la/os creadora/es con el interés 
     público,||
/* Racional: las cuestiones sobre proteccion de los derechos de autor
   ya fueron incluidas en el párrafo 30 del documento, por lo que es
   ocioso repetirlas aqui. */
    
Cordiales saludos,

Enrique				    

-- 
``Izena duen guzia omen da.''
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